El Certificado electrónico y cómo evitar notificaciones de Hacienda cuando estamos de vacaciones. Los días de cortesía.

Temática: 
Área fiscal
COMUNICACIÓN DE “DÍAS DE CORTESÍA” DURANTE EL PERIODO VACACIONAL

Los obligados tributarios que estén incluidos en el sistema de DEH (Dirección electrónica habilitada) ya sea de forma obligatoria o voluntaria podrán señalar exclusivamente por internet determinados días (los llamados días de cortesía), en los que la Administración Tributaria no podrá notificar ningún acto en dicha dirección.

 

Ya que se acerca el verano, y en caso de que no lo tuvieran ya configurado, les aconsejamos que realicen esta comunicación a la Administración Tributaria para evitar que ésta ponga a disposición de los obligados tributarios notificaciones electrónicas.

  • Se permite un máximo de 30 días al año.
  • Los días señalados se consideran como dilación no imputable a la Administración.

 

El procedimiento para realizar el señalamiento de los días deberá realizarse obligatoriamente en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en la siguiente dirección electrónica:

 

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/ZN01.shtml