INSCRIPCION PREVIA A LAS AYUDAS EXTRAORDINARIAS-GENERALITAT DE CATALUNYA

Temática: 
Área laboral
Inscripción previa a las ayudas extraordinarias para el mantenimiento de la actividad económica de personas autónomas y microempresas ante la Covid-19

¿Qué?

 

Se trata de una inscripción previa para poder ser futuro beneficiario de una ayuda. Hay que presentar la solicitud de inscripción dentro del plazo establecido y cumplir los requisitos.

 

¿Cuándo?

 

El plazo para inscribirse es desde las 9.00 horas del 30 de noviembre hasta las 15.00 horas del 7 de diciembre.

El orden de llegada de las solicitudes de inscripción no otorga preferencia a la hora de recibir la ayuda. Las solicitudes se pueden presentar durante todo el plazo establecido

 

¿Quién?

 

-        Personas trabajadoras autónomas que ejerzan una actividad económica individual o que tengan hasta 5 personas contratadas.

-        Personas trabajadoras autónomas que formen parte de una sociedad, limitada o cooperativa, de hasta 3 socios y que en total sean un máximo de hasta 6 personas (socios + trabajadores)

 

Requisitos

 

1.      Tener el domicilio fiscal en un municipio de Cataluña.

2.      Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad como sistema alternativo al RETA de manera ininterrumpida, antes del 1 de octubre de 2020.

3.      La base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas del último ejercicio disponible de la persona solicitante debe ser igual o inferior a 35.000 euros, en caso de acogerse al sistema de tributación individual, y de igual cuantía, con relación a la parte de la base imponible correspondiente al solicitante, en caso de acogerse al sistema de tributación conjunta.

4.      El rendimiento neto de la actividad de los tres primeros trimestres de 2020 no debe superar el importe de 13.125 euros.

5.      Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

6.      No tener ayudas otorgadas de acuerdo con la Resolución TSF / 1270/2020

7.      Tener certificado digital

8.      No se pueden inscribir las personas trabajadoras autónomas colaboradoras.

 

Se trata de los mismos requisitos de la ayuda que se publicó el pasado 9 de noviembre, pero que fue imposible solicitar a causa de la mala gestión que implicaba el proceso de solicitud.

Link donde encontrar la información:

 

http://canalempresa.gencat.cat/ca/01_que_voleu_fer/mesuresempresesiautonoms/mesures-economiques-i-socials-per-a-empreses-i-autonoms/ajuts-i-prestacions-per-empreses-i-autonoms/inscripcio-previa-ajuts-autonoms-microempreses/