Temática:
Área fiscal
De acuerdo con la Disposición Final Octava del Real Decreto-ley 19/2020, publicado en el BOE, de 27 de mayo de 2020, los plazos para la formulación, aprobación y depósito de cuentas en el Registro y la legalización de libros, sin perjuicio de poder presentarse con anterioridad, son los siguientes:
Archivos descargables:
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Formulación de Cuentas Anuales |
Aprobación de Cuentas Anuales |
Legalización de libros |
Depósito de Cuentas Anuales |
Período |
3 meses desde el 1.06.2020
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Hasta 2 meses después de la Formulación
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4 meses desde el 1.06.2020 |
1 mes desde la Aprobación de Cuentas |
Fecha límite |
31.08.2020
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31.10.2020
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30.09.2020 |
30.11.2020 |